Una a una, las medidas de flexibilización de la PAC para Castilla y León

Asaja advierte que todavía existen exigencias imposibles de cumplir en este primer año por diferentes motivos

María Pedrosa García
Miércoles, 23, Noviembre, 2022

A 23 de noviembre se ha hecho oficial, a través del Bocyl, la resolución de la Dirección General de Política Agraria Comunitaria sobre el Régimen Transitorio de Actuaciones de Flexibilildad a adoptar en la comunidad castellano y leonesa. Esta publicación está relacionada con las ayudas a los eco regímenes en favor del clima y el medio ambiente. 

Concretamente, los cambios publicados son los siguientes: 

  • Con respecto a las superficies de pastos, el período mínimo de pastoreo con animales propios de la explotación será de 90 días.
  • Tierras de cultivo: En el caso de los cultivos con especies mejorantes, al menos el 25 % de la superficie de tierra de cultivo correspondiente, que se acoge al eco régimen, debe presentar cada año un cultivo diferente al cultivo previo. Asimismo, el barbecho no podrá representar más del 40% de la superficie de la tierra de cultivo correspondiente de la explotación. Por su parte, en la práctica de siembra directa, se permitirá el laboreo vertical.
  • Cultuvos leñosos. En la práctica de cubiertas vegetales espontáneas o sembradas en cultivos leñosos, se permitán labors verticales superficiales de mantenimiento de las cubieras que no supongan la modificación de la estructura del suelo. La cubierta vegetal debe permanecer viva sobre el terreno, durante un periodo mínimo de dos meses, de 15 de diciembre a 15 de febrero. Por otro lado, en la práctica de cubiertas inertes de restos de poda se permitirán labores verticales superficiales, que no supongan la modificación de la estructura del suelo, ni la desaparición de la cubierta.

PETICIONES DE ASAJA

Pese a que gran parte de los cambios ya fueron reclamados en su momento por ASAJA, desde la organización consideran que "todavía quedan algunas obligaciones muy complicadas, casi imposibles de cumplir este primer año como consecuencia de las condiciones climatológicas y la alteración de los mercados". 

Además, ASAJA considera que estás excepciones deben ser permitidas desde el Ministerio, y aportan ideas: "Por ejemplo, no obligando a sembrar un 5 por ciento de leguminosas en la práctica de rotación de cultivos con especies mejorantes, o permitir la producción agrícola en las franjas de los márgenes de los ríos, que aún no se han definido, entre otras".

Normas muchas de ellas obligatorias para todos los productores que reciban pagos directos, al estar recogidas en la condicionalidad reforzada y social.

 

 

 

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