Teresa Sánchez
Lunes, 27, Noviembre, 2023
El Tribunal Supremo ha ratificado a Sevilla como sede de la nueva Agencia Espacial Española, al desestimar el recurso contencioso administrativo promovido por el Ayuntamiento de Cebreros (Ávila), que reclamaba ese derecho para su municipio.
La sentencia desestima el recurso del Ayuntamiento abulense, que reclamaba que quedase sin efecto el acuerdo adoptado el 5 de diciembre de 2022 por el Consejo de Ministros, que otorgaba a la capital andaluza la sede de la agencia.
El recurso fue presentado tras el Pleno municipal del viernes 10 de marzo de 2022, contra la decisión que eligió la ciudad de Sevilla "por considerar que es la que mejor se adecúa a los requisitos" de la solicitud, a la que se presentaron 21 municipios.
Algo que no compartieron entonces los ayuntamientos de Cebreros, León y Palencia, que presentaba la candidatura de forma conjunta con la Diputación Provincial, argumentando que Sevilla no podía ser considerada como uno de los municipios de la España vaciada cuando el objetivo de la convocatoria era precisamente descentralizar organismos estatales para favorecer a la España Vaciada.
Sin embargo, Cebreros fue el único en llevar esta decisión del Consejo de Ministros a los tribunales.
La representacio?n procesal del Ayuntamiento de Cebreros impugnaba en este recurso contencioso-administrativo el acuerdo del Consejo de Ministros de 5 de diciembre de 2022, por el que se determina la sede fi?sica de la futura Agencia Espacial Espan?ola, acuerdo que fue publicado en el BOE de 6 de diciembre de 2022 por la Orden PCM/1202/2022, de 5 de diciembre.
"La parte ejercita una pretensio?n para que se declare la nulidad del acuerdo impugnado y se condene a la Administracio?n demandada a realizar un nuevo dictamen de la Comisio?n Consultiva", indica la sentencia.
El alto tribunal entiende que no hay que atender el argumento de "visión sesgada, limitada o parcial del dictamen" del Gobierno, porque "no es posible que la extensa motivación de las razones de la selección de la ciudad de Sevilla y la exposición clara y razonada de la 'minusvaloración' de otras localidades como Cebreros pueda ser calificada como ejercicio arbitrario de la potestad de selección".
Además de imponerle el pago de las costas a la parte recurrente en el li?mite de 4.000 euros
La sala deja claro que no se cuestiona el procedimiento de decisio?n normativamente impuesto "y que ha sido seguido a la hora de concretar la sede de la futura Agencia Espacial Espan?ola", señalando que la demanda tampoco cuestiona "la bondad y acierto" de las razones por las que se ha hecho la designacio?n de la ciudad de Sevilla, "ampliamente detalladas en la decisio?n final, por considerar que es la que mejor se adecu?a a los requisitos por los motivos expuestos en el dictamen de la Comisio?n Consultiva que se adjunta como anexo del acuerdo".
Además, indica que el hecho de que la Junta de Castilla y Leo?n apoye la candidatura no lleva consigo que ese criterio tenga un cara?cter preferente "ni que decaiga el valor del resto de los criterios que sera?n tenidos en cuenta para la decisio?n y, menos au?n que soslaye o deje de lado, hacie?ndolas irrelevantes, las posibles deficiencias te?cnicas de la propuesta".
Por todo ello, desestima el recurso presentado por el Ayuntamiento de Cebreros, además de imponerle el pago de las costas a la parte recurrente en el li?mite de 4.000 euros.